Canal de denuncias
El pasado 20 de febrero se aprobó la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
El objetivo de esta Ley es fomentar la colaboración ciudadana y proteger a los ciudadanos que informan sobre vulneraciones del ordenamiento jurídico en el marco de una relación profesional.
Este canal no es para utilizar indiscriminadamente.
Sí es para:
• Acoso laboral o sexual * Violación de los Derechos Humanos • Fraude y corrupción • Daños contra el medioambiente • Infracciones tributarias • Trato irrespetuoso, desigual o injusto • Actuación no ética • Violación de la Propiedad Intelectual o Industrial • Vulneración del Tratamiento de los datos • Actuaciones irregulares contra la libre competencia
No es para:
• Conflictos interpersonales • Incidencias relativas a la nómina • Solicitud de permisos, vacaciones o consultas sobre horarios • Tramitación de presupuestos comerciales • Comunicaciones falsas o de mala fe
Los principios generales y el funcionamiento de este Canal Ético ó Canal de Denuncias se encuentran regulados en el Procedimiento de Gestión del Canal. Entre otros aspectos, se garantiza el cumplimiento de los principios inspiradores del ordenamiento jurídico, como son, el derecho a la confidencialidad y al deber de secreto, el derecho a la protección del denunciante y la ausencia de represalias ante notificaciones realizadas de buena fe, así como el derecho a la información, a la defensa, a la presunción de inocencia y al honor de los interesados.
El informante puede ampliar la información en el archivo adjunto. La información se recibe de manera anónima, salvo que desee incluir una dirección de correo electrónico para informarle de los trámites que sigue su denuncia.